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Requisitos del deudor solidario (estudiante)

Última actualización: Miércoles 25 de junio de 2012.
El deudor solidario es una persona –natural o jurídica-, que respalda la obligación adquirida por el estudiante con el ICETEX durante el periodo de estudio y etapa de amortización del crédito.

Importante:

El estudio y aprobación del deudor solidario del crédito educativo está a cargo de la CIFIN (Central de Información Financiera) unidad empresarial de Asobancaria, organismo que procesa y suministra al ICETEX la información relativa a los clientes y usuarios de los sectores financieros, real, solidario y asegurador. Si presenta algún inconveniente, por favor verificar con la CIFIN su historial crediticio.

En esta línea de crédito el estudiante solicitante es su propio deudor solidario, por lo tanto debe cumplir con los siguientes requisitos:

A) Si es persona natural:

  • Tener domicilio permanente en Colombia.
  • Tener capacidad legal para contraer obligaciones.
  • No ser deudor moroso del ICETEX.
  • No ser deudor solidario de más de dos beneficiarios ante el ICETEX.
  • No ser mayor de 65 años al momento de solicitar el crédito.
  • Demostrar ingresos que permitan garantizar la deuda.
  • Si es pensionado, demostrar ingresos diferentes a los de la pensión o bienes inmuebles cuyo valor sea superior al valor del préstamo, que no constituyan patrimonio familiar.
  • Tener historial financiero y crediticio favorable.
  • No estar reportado con calificación negativa en ninguna central de riesgos financieros.
  • Obtener un puntaje de calificación superior al mínimo establecido en el modelo de estudio adoptado por el ICETEX.
  • Las demás que el ICETEX considere necesario.

B) Si es persona jurídica:

  • Tener domicilio permanente en el país.
  • Tener capacidad legal para contraer obligaciones.
  • No ser deudor moroso del ICETEX.
  • Contar con más de dos años de constitución legal.
  • Demostrar un patrimonio neto superior a la obligación contraída.
  • Tener una duración igual o mayor a la vigencia del crédito educativo, incluido el período de amortización y tres años más.
  • Tener autorización por parte de la Junta de Accionistas o de Socios, según la empresa, para servir como deudor solidario, con monto máximo permitido.
  • Tener historial financiero y crediticio favorable.
  • Obtener un puntaje de calificación superior al mínimo establecido en el modelo de estudio adoptado por el ICETEX.

Documentos que debe presentar al legalizar el crédito aprobado

  • Formulario del deudor solidario
  • 2 fotocopias del documento de Identidad.
  • Carta de certificación laboral con fecha de expedición no mayor a 30 días, que incluya sueldo, cargo, fecha de ingreso y tipo de contrato.
  • Certificado de ingresos y retenciones, si es trabajador dependiente y/o declaración de renta del año anterior, si está obligado a declarar.
  • Certificación de ingresos adicionales si es el caso.
  • Si el deudor solidario registró tener propiedad raíz o vehículo, debe adjuntarse el certificado de tradición del inmueble o la fotocopia de la tarjeta de propiedad del vehículo, según sea el caso.
  • En caso de ser pensionado, demostrar unos ingresos diferentes a la pensión. Adjuntar certificación de ingresos adicionales expedida por la autoridad competente (contador público – tarjeta profesional, certificación de pago de honorarios).

Si el deudor solidario es una persona jurídica se deben adjuntar adicionalmente los siguientes documentos:

  • 2 fotocopias del NIT (Número Identificación Tributaria).
  • Fotocopia del documento de identificación del Representante Legal.
  • Certificado de existencia y representación legal.
  • Estados financieros del último ejercicio contable.
  • Extractos bancarios.
  • Estar facultado para asumir esta clase de obligaciones previa certificación del representante legal.

Cambios de deudor solidario

No es posible hacer cambios de deudor solidario en ningún momento del crédito, ni para la legalización, ni durante su ejecución o amortización. El Reglamento de Crédito Educativo del ICETEX sólo estipula que es posible el cambio de deudor solidario en los siguientes casos:

  • Cuando éste ha fallecido.
  • Cuando se le ha reconocido incapacidad física total, debidamente certificada por la autoridad competente.
  • Cuando el deudor solidario tiene pena privativa de la libertad o detención.

La solicitud de cambio del deudor solidario debe venir acompañada de las constancias y / o certificaciones de tal novedad, para que el ICETEX pueda autorizar ante la CIFIN el estudio de otros candidatos para reemplazar el deudor solidario.

Última actualización: Miércoles 25 de abril de 2012.
Líneas de atención al usuario del ICETEX
Bogotá: (57-1) 417-3535 | A nivel nacional: 01900-3313777 (con costo) | Línea de quejas y reclamos:018000-916821 (gratuita)