FONDO MUNICIPIO DE MEDELLIN

CONVOCATORIA

SEGUNDO SEMESTRE 2006

 

El Fondo Especial suscrito entre el Municipio de Medellín y el ICETEX, estará dirigido a contribuir al financiamiento de la educación superior a los estudiantes nacidos en el Municipio de Medellín o que  demuestren residencia superior a cinco (5) años en el municipio, mediante el otorgamiento de créditos educativos  tendientes a garantizar el acceso de los estudiantes en el sistema de educación superior que cumplan con los requisitos estipulados en el reglamento.

 

MODALIDAD DE FINANCIACION.- El Municipio a través del Fondo financiará los siguientes rubros:

 

a.       MATRICULA hasta un 75% de esta y sus costos relacionados, el tope que será definido por la Junta Administradora.  Y se girará a la IES en la cual se encuentra inscrito el estudiante.

b.       SOSTENIMIENTO, exclusivamente para los estudiantes de estratos 1, 2 y 3 que se encuentren inscritos en Instituciones Educativas oficiales.  Cubre hasta 1 salario mínimo legal mensual vigente semestral, que será girado al estudiante.

 

Según la disponibilidad de recursos del fondo y los costos de matricula, la Junta podrá definir si otorga uno o ambos créditos a los estudiantes que lo soliciten.

 

Los estudiantes que a la fecha de la solicitud sean acreedores de créditos directos con ICETEX y requieran el crédito de sostenimiento deben cumplir con los requisitos de este fondo.

 

 

1.- REQUISITOS DEL ASPIRANTE AL CREDITO:

 

  1. Haber nacido en el Municipio de Medellín, o demostrar residencia en la ciudad durante los últimos 5 años.

 

2.      Debe estar admitido o en proceso de admisión, en alguna de las siguientes instituciones oficiales de educación superior: Universidad de Antioquia, Universidad Nacional, ITM, Politécnico Jaime Isaza Cadavid, Colegio Mayor de Antioquia, Tecnológico Pascual Bravo  o Tecnológico de Antioquia

 

  1. Pertenecer a estratos 1 a 6 para el crédito de matrícula y a estratos 1 a 3 para el crédito de sostenimiento. El estrato se certifica mediante la presentación de la cuenta de servicios públicos de la residencia del núcleo familiar. El Municipio de Medellín o el ICETEX podrán realizar visita domiciliaria para verificar está información y en caso de inconsistencia se cancelará el derecho al crédito educativo y se procederá de inmediato al cobro del saldo del crédito si lo hubiere.

 

  1. Los intereses del crédito son del 6% anual para estratos 1, 2 y 3 y del 12% para estratos 4, 5 y 6

 

  1. El crédito se pagará en el doble de tiempo de su duración más un año de gracia.

 

  1. El crédito educativo se respalda mediante la garantía que presente una (1) persona natural, que se constituya en deudor solidario, independientemente del monto del crédito solicitado, quien suscribirá conjuntamente con el beneficiario los documentos que respalden la obligación adquirida. Los requisitos del deudor solidario son:

 

                  a.               Tener domicilio permanente en el país.

                  b.               Tener capacidad legal.

                  c.               Ser aprobado por la central financiera de riesgos en quien delegue el ICETEX el estudio del codeudor, para lo cual debe seguir el procedimiento establecido en el ICETEX para su consulta por medio de la página Web.

                  d.               No ser deudor solidario de más de dos beneficiarios ante el ICETEX.

 

 

2.- CALENDARIO DE LA CONVOCATORIA

El  siguiente es el cronograma   para el proceso de la convocatoria.

ACTIVIDAD

FECHA

Apertura y divulgación de la convocatoria.

 A partir  del 8 de Mayo de 2006

Inscripción en la página WEB del Icetex

A partir del 8 de Mayo hasta el 15 de junio  de 2006

Comité de Selección

23 de Junio de 2006

Divulgación en la página  Web de  los aspirantes seleccionados

27 de Junio de 2005

Plazo para entregar documentos  de los aspirantes seleccionados en las oficinas del ICETEX del país.

Del 27  de  Junio al 4 de Agosto de 2006

Entrega de Pagaré y Carta de Instrucciones en las oficinas de Icetex

Hasta el 10 de Agosto de 2006

 

3.- INSCRIPCION  del 8 de Mayo hasta  el 15 de junio/06

  1.-ASPIRANTE- Diligenciamiento de formulario:

 

1.                        Inscripción electrónica: Se debe ingresar por la página web www.icetex.gov.co,    buscar el link “fondos en administración”  buscar  “convocatorias” y seleccionar “inscripción”  y buscar  “Fondo Municipio de Medellín”.   diligenciar cuidadosamente el formulario.

2.                        Imprimir y firmar el formulario.   SOLO si sale seleccionado debe radicarlo junto con los demás requisitos ante el Icetex.

 

Cualquier información falsa o inexacta dará lugar a la anulación del crédito en el evento de salir seleccionado.

 

2.- CODEUDOR: Estudio del deudor solidario /Central de Riesgos.

 

El deudor solidario suscribirá conjuntamente con el beneficiario el contrato y pagaré con espacios en blanco.

 

1. Inscripción electrónica: estando en nuestra página web   en convocatorias encontrará la opción para ingresar los datos del codeudor solidario.  Se puede realizar conjuntamente la inscripción de consulta del codeudor y la inscripción del aspirante.

2. Con el recibo de consignación que le expide el sistema, favor efectuar el pago respectivo en CONAVI O BACNOLOMBIA- conserve el código que el sistema le asignó-,  24 horas después de haber  efectuado el pago favor ingrese al sistema nuevamente y verifique si fue aprobado su codeudor.

3. Si el codeudor fue aprobado,  imprima  el formulario y hágalo firmar.

4. Si el codeudor es rechazado debe presentar uno nuevo, continuando con el mismo    procedimiento.

4.- DIVULGACION DE LOS ASPIRANTES SELECCIONADOS:  Junio 27 de 2006.

Los beneficiarios se seleccionarán a partir de los criterios establecidos previamente por la Junta del Fondo.

Usted podrá consultar con el número de su documento de identidad el resultado de su solicitud a partir del día 27 de Junio de 2006.

En las oficinas del Icetex deberá reclamar los formatos como el pagaré y carta de instrucciones para la legalización del credito.

5.- DOCUMENTOS A RADICAR:  27 de Junio al  4 de Agosto de 2006

Solo si usted salió favorecido  deberá entregar los siguientes documentos en las oficinas del ICETEX  Antioquia dentro de las fechas establecidas  debidamente legajados en una carpeta  de marbete  vertical.

Por parte del Aspirante Seleccionado:

  1. Formulario de inscripción a la convocatoria diligenciado por Internet debidamente firmado.
  2. Fotocopia de la cédula de ciudadanía o constancia de trámite de la misma si es mayor de 18 años o de la tarjeta de identidad, si es menor de edad  y del codeudor.
  3. Certificado expedido por la respectiva Institución Educativa en el cual conste el nivel a cursar y valor de matrícula.
  4. Anexar la certificación del ICFES en el cual  soporta la exigencia del puntaje.
  5. Certificación de haber nacido en Medellín (cedula o tarjeta de identidad) y para los no-nacidos en el Municipio presentar declaración extrajuicio en la que soporten su residencia superior a 5 años en el municipio.
  6. Copia de una factura de servicio público para constatar el estrato.

Por parte del Deudor Solidario

  1. Formulario de datos del deudor solidario diligenciado por Internet debidamente firmado. / CIFIN
  2. Impresión   de reporte de codeudor aprobado  / CIFIN
  3. Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
  4. Certificado de Ingresos del año anterior o Carta Laboral.
  5. Certificado de Libertad actualizado en caso de tener propiedad raíz.

Los aspirantes que sean seleccionados a partir de la calificación obtenida por los criterios de selección que debe realizar la Junta Administradora deberán radicar oportunamente los documentos requeridos  en el numeral anterior ante las oficinas del Icetex

NOTA: Aquellos que no legalicen el crédito dentro del plazo señalado en cada convocatoria, o hayan diligenciado información falsa en los formularios de inscripción o que hayan presentado documentación fraudulenta o inconsistente, perderán el derecho al crédito.

6.- CRITERIOS DE SELECCIÓN:

Para efectuar la Selección de los candidatos, se tendrá en cuenta los siguientes criterios que al sumarlos dará como puntaje máximo 100 puntos

 

1.  ESTRATO SOCIOECONÓMICO:  Puntaje máximo 25 Puntos

 

Estrato

Puntaje

1

25 Puntos

2

22 Puntos

3

20 Puntos

4

10 Puntos

5

5 Puntos

6

1 Puntos

                                     

2.- MERITO ACADEMICO:  Puntaje máximo  25 puntos

 

El puntaje será asignado de acuerdo a la siguiente tabla:  

 

ANTIGUO SISTEMA ICFES

NUEVO SISTEMA ICFES

PUNTOS

ALTO

320 o más

60 o más

25

MEDIO

319  hasta 270 

50 hasta 59

20

MEDIO BAJO

269 hasta 220

40 hasta 49

15

BAJO

220 hasta 213

35 hasta 39

10

 

3.  ESTUDIO A REALIZAR: 40 PUNTOS

 

Nivel de Técnico o tecnológico:                 40 Puntos

Nivel Profesional:                                     10 Puntos

 

 

4.- DESTINO DE LA INVERSIÓN EDUCATIVA:  Puntaje máximo  10 Puntos :

 

Estudiará en:

 

Institución educativa Oficial                                              10 puntos

Institución educativa Privada                                            2 puntos

 

 

Con base en los criterios anteriormente detallados cada candidato tendrá un puntaje que lo determina y con base en ello se tomará la decisión por la junta administradora, teniendo en cuenta que quienes cumplan con ellos podrán acercarse mas al punto de corte para la selección a realizar y soportados en los recursos disponibles.

 

En caso de empate en la calificación se ordenarán los estudiantes dando la prioridad para adjudicación a partir de los siguientes criterios.

 

1.                   Estrato económico

2.                   Mérito académico

3.                   Bachilleres de establecimientos educativos de Medellín

4.                   Estudios Técnicos y Tecnológicos

5.                   Universidad de estudios pública

6.                   Semestres de estudio dando preferencia a los primeros

 

 

7.- RENOVACION DEL CREDITO EDUCATIVO. Para la continuidad del servicio de crédito educativo, el beneficiario deberá efectuar la actualización de datos por medio de la página web y anexarle certificado del nivel, valor matrícula y fotocopia de la cuenta de Servicios Públicos más reciente.  Dicha documentación debe ser presentada en las oficinas de ICETEX quien evaluará el cumplimiento de los requisitos, aprobará y tramitará la renovación; la cual se informará a la Junta Administradora del Fondo, para comprometer la disponibilidad presupuestal del Fondo, e igualmente si se encuentra en este proceso alguna objeción.

 

8.- SUSPENSION TEMPORAL DEL CREDITO EDUCATIVO-. El Fondo puede suspender en forma temporal los desembolsos de los créditos por las siguientes causales:

a)           Repetición del período académico financiado, para lo cual el beneficiario, solicita suspensión por medio de la IES, para que efectúe el aplazamiento en el sistema y  debe hacerse cargo del período a repetir,

b)           Retiro temporal del programa de estudios, debidamente justificado, solicita suspensión por medio de la IES, para que efectúe el aplazamiento

c)            Nivelación hasta dos períodos académicos financiados, cuando el Fondo apruebe cambio de Institución de Educación Superior o de programa de estudios debidamente solicitado por el estudiante.

d)           No presentación de los documentos para la renovación del crédito, dentro del tiempo establecido y para lo cual el beneficiario debe hacerse cargo de este periodo por financiar.

e)           Cierre temporal del centro Docente y/o programa académico.

f)              Por expresa voluntad del beneficiario.

 

9.- EFECTOS DE SUSPENSION TEMPORAL DEL CREDITO EDUCATIVO-. Durante el lapso en que se suspende el crédito educativo, se le liquidan al beneficiario los intereses normales o corrientes sobre el saldo de capital adeudado. La suspensión temporal del crédito se hace hasta por un período académico y renovable sólo hasta por un período igual previa justificación del beneficiario.  En caso de superar este tiempo deberá tramitar la suspensión definitiva.

 

En ningún caso, el valor del período suspendido podrá ser distribuido entre los períodos siguientes.

 

10.- CAUSALES DE TERMINACION DEL CREDITO-. El Fondo suspenderá en forma definitiva la financiación de la matrícula, por las siguientes causales:

 

a.                                                                  Finalización del programa de estudios para el cual se concedió el crédito educativo.

b.                                                                  Abandono injustificado del programa de estudios.

c.                                                                  Adulteración de documentos o la presentación de información falsa.

d.                                                                  Muerte o incapacidad física o mental total y permanente del beneficiario.

e.                                                                  Expresa voluntad del beneficiario.

  f.                                                                  Incumplimiento de las obligaciones contractuales y reglamentarias por parte del estudiante.

g.                                                                  Incurrir en más de dos suspensiones temporales consecutivas por bajo rendimiento académico o no presentación de los documentos de renovación.

h.                                                                  Suspensión definitiva de los estudios.

   i.                                                                  Cambio de Institución de Educación Superior o programa de estudios que implique una nivelación de más de dos períodos académicos.

   j.                                                                  Cambio de Institución de Educación Superior o programa de estudios sin previa autorización por parte del Fondo  o su Junta Administradora.

 k.                                                                  No informar al Fondo de ingresos adicionales por becas u otra clase de apoyo económico para financiar los estudios que reciba el beneficiario durante el tiempo en que disfrute del crédito educativo