INSTRUCTIVO
CONVOCATORIA PARA EL 1 SEMESTRE 2007
FONDO DE
CODIGO 12935
I. DEFINICION E
INFORMACION GENERAL |
Los Fondos en Administración son recursos
financieros que se entregan en administración al ICETEX, para ser invertidos en
la formación y capacitación del recurso humano, requerido por una organización,
para el desarrollo de las empresas, las regiones, las localidades, un sector o
gremio o el grupo poblacional de interés.
El Fondo de
II. REQUISITOS PARA
|
Los aspirantes que deseen aplicar a
los créditos del Fondo de
1) Ser estudiante o
profesional oriundo del Departamento de Cundinamarca o domiciliado
en él por un periodo mínimo tres (3) años.
2) Egresado
de alguno de los establecimientos educativos con sede principal en el
departamento de Cundinamarca.
3) Pertenecer a los estratos socio económicos 1, 2 o 3.
4) Haber presentado el examen de Estado ICFES para los
que ingresen al primer periodo académico.
5) Estar
admitido o matriculado en una Institución de Educación Superior debidamente
autorizada y en los programas académicos autorizados por el Ministerio de
Educación para
adelantar estudios
en los
niveles de pregrado o postgrado
en el País.
6)
Haber
terminado satisfactoriamente el nivel o periodo académico inmediatamente
anterior, para los estudiantes que ingresen al segundo
semestre o periodo, en adelante.
7)
Tener
aprobado deudor solidario una vez aprobado el crédito
III. CRITERIOS
DE SELECCIÓN Y CALIFICACIÓN |
El proceso de calificación de los
beneficiarios se llevará a cabo por el
ICETEX, a partir de las solicitudes recibidas y
de los siguientes criterios de selección:
IV. FINANCIACION |
El Fondo de
El fondo no financia cursos de extensión, nivelación, vacaciones, ni
períodos académicos adicionales a los originalmente programados.
La utilización del crédito educativo para gastos de sostenimiento por
período académico es opcional por parte del beneficiario. Por
lo tanto, al momento de diligenciar el formulario el estudiante deberá señalar
en el formulario de inscripción, los rubros que requiere financiar.
V. FORMA DE PAGO |
Los beneficiarios deberán cancelar al ICETEX el capital junto con los
intereses que se generen durante la época de estudios y amortización, en cuotas mensuales sucesivas
a partir de la terminación del último periodo financiado y bajo las siguientes
condiciones:
La tasa de
interés establecida será igual a la mínima
que cobra el ICETEX para crédito educativo menos cuatro (4) puntos
porcentuales, sin que esta sea inferior al 2% anual, la cual se aplicará durante la
época de estudios y de amortización, hasta la cancelación total de la deuda.
La tasa de interés de
mora será equivalente al doble de la tasa remunerativa, sin exceder el límite
de usura, liquidada
mes vencido sobre saldo de capital vencido.
El plazo de amortización será igual
al periodo financiado durante la época de estudios y se iniciará a partir de la
terminación del último periodo
financiado.
VI. DEUDOR
SOLIDARIO |
Para el respaldo del crédito educativo y una vez aprobado el crédito,
se requiere de un deudor solidario, con o sin finca raíz, aprobado por la central
de riesgos establecida por el ICETEX para tal efecto.
En la página web del ICETEX, en el link Fondos en
Administración/deudor solidario/Registro de deudor, esta disponible el formulario para ser diligenciado por el deudor
solidario.
El
formulario del deudor solidario y el resultado de aprobación del
estudio del mismo, deberán ser impresos y presentados por el beneficiario ante
Nota: Si el deudor solidario es rechazado el beneficiario debe
presentar nuevamente otro deudor.
VII. DOCUMENTOS A
PRESENTAR PARA |
Una
vez aprobado el crédito el beneficiario deberá presentar ante
1.
El formulario de inscripción que el solicitante diligenció
en la página web del ICETEX debidamente impreso y firmado.
2.
Registro civil de
nacimiento.
3.
Para los estudiantes no oriundos del Departamento
de Cundinamarca, se deberá anexar un certificado original expedido por alguna
de las siguientes autoridades: Alcalde, Inspector de Policía, o Personero del respectivo
municipio, donde conste su residencia en alguno de los municipios de Cundinamarca por un periodo mínimo tres (3) años.
4.
Fotocopia de la cédula de ciudadanía del beneficiario o
constancia de trámite de la misma si es mayor de 18 años o de la tarjeta de
identidad, si es menor de edad.
5.
Copia del recibo del servicio
público del lugar de residencia del núcleo familiar del beneficiario.
6.
Diploma o Acta de grado que acredite la calidad de bachiller
de un centro docente con domicilio principal en la provincia cundinamarquesa.
7.
Recibo de matricula o constancia de
admisión de
8.
Resultado de las pruebas del ICFES,
para los aspirantes que ingresen al primer periodo académico.
9.
Certificado de notas del periodo
inmediatamente anterior, expedido por
10.
Certificado de notas donde se verifique el promedio obtenido
durante la carrera, para los aspirantes a estudios de postgrado
11.
Formulario
del estudio del deudor solidario diligenciado a través de la página web,
debidamente impreso y firmado y la aprobación del mismo por la central de
riesgos, junto con los soportes de la
información registrada en el formulario y una vez aprobado el crédito.
12.
Fotocopia del docu
13.
Declaración de renta y/o certificado
de ingreso y retenciones del año gravable in
14.
Certificado de ingresos del deudor
solidario, expedido por contador público para el caso de trabajadores
independientes.
15.
Los beneficiarios con derecho a
sostenimiento deberán al momento de legalización del crédito seguir el
procedimiento establecido en la página web del Icetex para el desembolso de los
recursos.
El
beneficiario deberá presentar los documentos anteriores ante las Instituciones
de Educación Superior, para la expedición del respectivo pagaré y carta de
instrucciones. Los documentos enunciados anteriormente deben
ser entregados por el beneficiario directamente ante
VIII. LEGALIZACION DEL CREDITO |
El proceso
de legalización del crédito se adelantará por el beneficiario ante la
respectiva Institución de Educación Superior y dentro de los términos
establecidos en la convocatoria.
Las
Instituciones de Educación Superior entregarán directamente a los beneficiarios
que cumplan con la totalidad de los documentos exigidos, los pagarés y cartas
de instrucciones para su legalización, de conformidad con las siguientes
instrucciones para los beneficiarios:
1. Suscripción
del pagaré con espacios en blanco que implica la firma del mismo por parte del
beneficiario y del deudor solidario y la impresión de las huellas dactilares.
No requiere autenticación ante Notario.
2. Suscripción
de la carta de instrucciones que implica la suscripción y autenticación de
firmas del beneficiario y del deudor solidario ante notario y la impresión de
las huellas dactilares por parte de los mismos.
Parágrafo:
Cuando el estudiante es menor de edad, debe firmar junto con su representante
legal el pagaré y la carta de instrucciones e imprimir su huella dactilar,
agregando apellidos y nombres completos en los documentos.
El
beneficiario entregará a las IES las garantías (pagaré y carta de
instrucciones) del crédito reembolsable, para efectuar la respectiva visación
de legalización.
IX.
DESEMBOLSO |
Una vez
legalizados los créditos, el ICETEX girara los recursos aprobados por concepto
de matricula directamente a las Instituciones de Educación Superior. Los recursos
por concepto de sostenimiento solicitados serán girados directamente a los
beneficiarios a la cuenta establecida por los mismos para tal efecto para lo cual se
consignarán en las cuentas bancarias registradas en el ICETEX
Con cargo a
los recursos del fondo se destinará el 1% del valor girado, como prima de
seguro para cubrir los riesgos de muerte o invalidez física o mental total y
permanente del beneficiario.
X. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
DEL CREDITO DEL FONDO |
Una vez legalizado
el crédito los beneficiarios se comprometen a cumplir las siguientes
obligaciones:
a) Informar
oportunamente a
b) Cumplir las condiciones con base en las
cuales se le otorga el crédito.
c) Informar oportunamente al
ICETEX mediante comunicación escrita sobre la suspensión temporal o definitiva de los estudios, explicando
los motivos que la ocasionaron.
d) Informar oportunamente al
ICETEX mediante comunicación escrita sobre el cambio de programas académico,
explicando los motivos que la ocasionaron, para su aprobación.
e) Cancelar al ICETEX el crédito
financiado, de conformidad con el plan de pago establecido una vez terminado el
último periodo financiado
f) Reintegrar al ICETEX dentro
de los plazos que establezca, el valor mayor girado con relación al valor autorizado por el Fondo.
g) Diligenciar el formulario de
actualización de datos a través de la página web del ICETEX para el trámite
semestral de la renovación del crédito ante las IES.