FONDO DISTRITAL PARA LA FINANCIACION DE LA EDUCACION
SUPERIOR DE LOS MEJORES BACHILLERES DE LOS ESTRATOS UNO Y DOS DE BOGOTA, D.C.
I.
DEFINICION E INFORMACION GENERAL
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Los Fondos en Administración son
recursos financieros que se entregan en administración al ICETEX, para ser
invertidos en la formación y capacitación del recurso humano, requerido por una
organización, para el desarrollo de las empresas, las regiones, las
localidades, un sector o gremio o el grupo poblacional de interés.
El Fondo Distrital para la Financiación de la Educación Superior de la Secretaría de Educación Distrital tiene como objeto otorgar créditos educativos blandos reembolsables a los mejores bachilleres de estratos 1 y 2 de Bogotá, para permitir su acceso, permanencia y culminación en los programas elegidos por el estudiante.
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II. CONDICIONES DEL CREDITO Y BENEFICIARIOS |
Antes de realizar la inscripción a través de página web,
tenga en cuenta las siguientes observaciones:
1.
El crédito sólo se
otorgará a estudiantes que vayan a comenzar sus estudios de pregrado
(profesional, tecnológico o técnico) desde primer semestre.
2.
No se admitirán
estudiantes que deseen realizar estudios de pregrado
en jornada nocturna.
3.
El crédito se otorga a
los bachilleres egresados de colegios públicos o privados de los años 2000,
2001, 2002, 2003, 2004 ó 2005.
4.
No se aceptará
información incompleta o que no cumpla con el total de los requisitos exigidos.
5.
El crédito
esta dirigido a bachilleres
de los estratos socioeconómicos 1 y 2 egresados de los colegios oficiales o
privados de Bogotá.
III. REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION A TRAVES DE
LA PAGINA WEB
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1.
Ser egresado o haber
validado su bachillerato en un establecimiento educativo oficial o privado con
domicilio en el Distrito Capital.
2.
Pertenecer al estrato
socioeconómico uno (1) ó dos (2).
3.
Haber presentado la
Prueba de Estado ICFES, con cualquier puntaje.
4.
Acreditar domicilio en
Bogotá D.C., durante los cinco (5) últimos años,
anteriores a la fecha de grado.
5.
Estar admitido o en proceso de admisión, en
alguna de las Instituciones de Educación Superior descritas a continuación.
IV. INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR
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A
continuación se relacionan las Instituciones de Educación Superior en las que
puede ser financiada cualquier carrera profesional, tecnológica o técnica, por
parte de la Secretaría de Educación Distrital:
1.
Universidad Distrital
Francisco José de Caldas
2.
Universidad Pedagógica
Nacional
3.
Universidad Colegio
Mayor de Cundinamarca
7.
Universidad Externado de Colombia
10.
Universidad Jorge Tadeo Lozano
11.
Escuela Colombiana de Ingeniería.
12.
Corporación Universitaria de Ciencias Aplicadas y
Ambientales UDCA
13.
Escuela Colombiana de
Carreras Industriales
14.
Escuela de
Administración de Negocios
15.
Fundación Universitaria
Panamericana
16.
Politécnico
Grancolombiano
17.
Universidad de la Sabana
18.
Universidad Libre
19.
Universidad Sergio
Arboleda
V. FINANCIACION
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El crédito Educativo
cubre como máximo:
El
100% de los valores de matrícula y demás costos académicos certificados por la
Institución de Educación Superior por período académico
El equivalente en pesos a
un salario mínimo mensual legal vigente para textos y materiales de estudio por
período semestral.
El equivalente en pesos a
un salario mínimo mensual legal vigente para servicio de transporte, por
periodo semestral.
El fondo no financia
cursos de extensión, nivelación, vacaciones, ni períodos académicos adicionales
a los originalmente programados.
La utilización del
crédito educativo para textos, materiales de estudio y servicio de transporte
por período académico es opcional por parte del beneficiario.
Por lo tanto, al momento de diligenciar el
formulario el estudiante deberá señalar en el formulario de inscripción, los
rubros que requiere financiar”. Esto por
las reclamaciones que hemos tenido por los estudiantes, que asumen que el
crédito incluye obligatoriamente giro de textos y transporte así no lo hayan
señalado.
VI. FORMA DE PAGO
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1. El
plazo ordinario de amortización del crédito es de doce (12) años, con un
periodo muerto de tres (3) años (no genera intereses) contados a partir de la
terminación del último periodo académico.
2. El
crédito otorgado generará una tasa de interés corriente equivalente al Índice
de Precios al Consumidor (Ejemplo: 6% anual para el año 2004) y se liquidará
mes vencido sobre saldo de capital adeudado.
3. Durante
el periodo financiado el estudiante no cancela intereses ni capital del crédito
adjudicado.
VII. APROBACION Y DIVULGACION DE SOLICITUDES
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Las
solicitudes aprobadas serán publicadas en la página web del ICETEX y de la
Secretaria de Educación www.redacademica.edu.co link “Estudiantes - Mi Futuro- Fondo de
Financiación SED” y deben continuar con el siguiente trámite:
VIII. DEUDOR SOLIDARIO
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Para el respaldo del
crédito educativo se requiere de uno o más deudores solidarios con o sin finca
raíz, que demuestren ingresos mensuales actuales que sumados equivalgan a no
menos de tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
En la página web del ICETEX
esta
disponible el formulario para ser diligenciado por el deudor o deudores solidarios.
El formulario respectivo
del deudor o deudores solidarios debe imprimirlo para presentarlo junto con los
documentos enunciados en el numeral VII.
Nota: Si el deudor
solidario o deudores solidarios son rechazados deben presentar nuevamente otro deudor
solidario.
IX. DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA LA SOLICITUD DE
CREDITO
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Una
vez aprobado el crédito por
1.
El formulario que el
solicitante diligenció en la página web del ICETEX debe imprimirlo y firmarlo.
2.
Factura de los últimos
tres meses de Servicios Públicos Domiciliarios ( energía)
del lugar de residencia permanente del aspirante.
3.
Acreditar la calidad de
bachiller o de haber aprobado los estudios correspondientes al grado undécimo
(11) de educación.
4.
Acreditar la prueba de
estado ICFES.
5.
Fotocopia de la cédula
de ciudadanía o constancia de trámite de la misma si es mayor de 18 años o de
la tarjeta de identidad, si es menor de edad.
6.
Acreditar las notas de
estudio de sexto (6) a undécimo (11) grado de educación.
7.
Acreditar su admisión o estar en
proceso a la respectiva Institución de Educación Superior.
8.
Formulario del codeudor o codeudores
solidarios.
9.
Fotocopia de la(s) cedula(s) de ciudadanía del
codeudor(es)
10.
Certificado de ingresos del o los codeudores
solidarios.
Los documentos enunciados
anteriormente deben ser entregados en una carpeta de cartón tamaño oficio con
marbete vertical, en el orden que aparece en esta publicación, en las fechas
establecidas después de haber sido aprobado el crédito por parte de la
Secretaría de Educación Distrital en la
respectiva Universidad.
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X. LEGALIZACION DEL CREDITO |
El
proceso de legalización de los créditos se adelantará ante las respectivas
Instituciones de Educación Superior.
Para
la legalización del crédito se requiere de los siguientes documentos:
1. Suscripción de pagaré con espacios en blanco que implica la firma del
mismo por parte del beneficiario y sus deudores solidarios y la impresión de las
huellas dactilares. No requiere autenticación ante Notario.
2.
Suscripción de la
carta de instrucciones que implica la suscripción y autenticación de firmas,
impresión de la huella dactilar por parte del beneficiario y su deudor(es)
solidario(s).
Parágrafo: Cuando el estudiante es menor de edad, debe firmar junto con
su representante legal el pagaré y la carta de instrucciones, e imprimir su
huella dactilar, agregando apellidos y nombres completos en dichos documentos.
Estos documentos los
entrega en la Universidad para legalizar el crédito dentro
de los términos establecidos en la convocatoria.
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XI.
DESEMBOLSO |
Cada giro tendrá un descuento
del 1% como prima de seguro, para cubrir los riesgos de muerte o invalidez
física o mental total y permanente del beneficiario, cuando la financiación se
otorga como crédito educativo, en cualquiera de sus modalidades
El ICETEX no devolverá los documentos
que se anexen a la solicitud.